lunes, 17 de octubre de 2016

Apropiaciones De Nomina




Las apropiaciones de nómina están a cargo de la compañía puesto que es la empresa la que se debe apropiar y pagar los diferentes valores por este concepto.

Salud

Para el sistema de salud su cotización es de 12.5% del salario base de aportes para el sistema de seguridad social y se divide este porcentaje por parte del empleado un 4% y la compañía 8.5%  donde la empresa debe apropiar en cada nómina y enseguida consignar a la respectiva entidad de salud a la que el trabajador se encuentre afiliado.



Pensión

Por cada empelado se debe hacer un aporte por pensión del 16% de salario base de cotización donde el trabajador aporta el 4% y la compañía 12% valor que mensualmente la compañía se hace cargo y consigna en el fondo de pensiones que el trabajador determino al principio.


Riesgos profesionales:




Toda compañía está en la obligación de afiliar al empleado al sistema de riesgos profesionales con el fin de ser cubiertos a un eventual accidente o enfermedad que el trabajador pueda sufrir por consecuencias de sus labores dentro de la organización este valor corre totalmente por la empresa y su porcentaje a cotizar se da mediante una tabla según sea el nivel de riesgos que corra el trabajador en la organización.




Cajas De Compensación Familiar


La empresa debe pagar por subsidio familiar un 4% de salario base de cotización.



Instituto Colombiano De Bienestar Familiar


La compañía debe aportar mensualmente un 3%  del salario base del trabajador.




Servicio Nacional De Aprendizaje


La compañía debe aportar mensualmente un  2% sobre la nómina base para los aportes.



sábado, 15 de octubre de 2016

Que es la planilla PILA

La planilla es un formato inteligente que les permite a todas las personas y empresas pagar sus aportes al Sistema de la Protección Social, es decir para Salud, Pensiones, Riesgos profesionales, cajas de Compensación, Sena e Icbf. Este instrumento liquida los aportes que deben ser pagados de conformidad con las normas que rigen cada subsistema y le informa a la persona el valor total que debe pagar y el subtotal por cada subsistema.


VEAMOS LA NORMATIVIDAD...










SALARIOS:





FACTORES SALARIALES:




PRESTACIONES SOCIALES








NORMATIVIDAD PARA LA LIQUIDACION DE APORTES



miércoles, 5 de octubre de 2016

Salarios:

Es constituyente de salario no solo la remuneración ordinaria, fija o variable, sino todo lo que recibe el trabajador en dinero o en especie como contraprestación directa del servicio.
De esto entendemos que todo pago hecho por el empleador al trabajador sin importar la denominación que se le dé es constituyente de salario.

Compensación:

Al hablar de Compensaciones se incluyen los siguientes términos: salarios, jornales, sueldos, viáticos, beneficios que el empleador le brinda a sus colaboradores en gratificación a cambio de su labor.

 

Prestaciones legales y extralegales:

Son las adiciones a los salarios que el empleador deberá brindar a cada uno de los trabajadores vinculados a la empresa por medio de un contrato de trabajo por la prestación de servicios.




CLASES


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